Quedó finalmente oficializada la eliminación como documento obligatorio para conducir la cédula de autorización conocida como tarjeta azul.
Este lunes 13 se conoció la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), que aclara que “habiéndose establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70 el no vencimiento de las Cédulas de Identificación, la existencia de la Cédula de Identificación para autorizado a conducir carecería de sustento y aplicación prácticos”.
A su vez, se establece que la tarjeta verde no tendrá fecha de vencimiento y se podrá presentar tanto en formato físico como en digital (mediante la app Mi Argentina).
La nueva normativa también aclara que “las cédulas azules ya emitidas continuarán vigentes hasta tanto sean revocadas por quien las peticionó”.
De esta manera, según lo dispuesto por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), los documentos y los elementos de seguridad con los que deberán circular los conductores en el territorio nacional son los siguientes:
– Documento Nacional de Identidad (DNI)
– Licencia de conducir
– Cédula verde (o cédula azul vigente y autorizada por el titular en caso de no contar con la cédula verde)
– Comprobante de seguro vigente
– Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV)
– Chapas patente, colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado
– Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.