La AFIP dio a conocer un nuevo tope para los saldos de las billeteras virtuales, medio de pago electrónico cada vez más utilizado en el país, que regirá a partir del 1 de mayo.
Desde el organismo fiscal que conduce Florencia Misrahi informaron que el objetivo de la potencial investigación es garantizar la transparencia y evaluar si las transacciones son susceptibles de ser gravadas con impuestos.
A partir de mayo quedarán exentos de una posible revisión del dinero disponible en las billeteras virtuales los montos mensuales que sean menores a 200 mil pesos. En caso superarse esa suma, la AFIP podrá solicitar un reporte a los usuarios que excedan ese límite.
Por otro lado, los clientes podrán efectuar transacciones siempre y cuando no sean mayores a 120.000 pesos por mes.
Además, cualquier transacción individual que supere los 400.000 pesos será informada a la agencia de recaudación, la que podrá comunicarse con el contribuyente por medio de sus canales oficiales.
Qué información puede solicitar la AFIP
– Recibos de sueldo de los últimos seis meses
– Certificado de ingresos emitido y firmado por un contador público nacional
– Comprobante de haberes en los casos de jubilados y pensionados.
Otro de los movimientos que estará bajo la lupa de la AFIP serán las compras. En el caso de pagos electrónicos, no se requerirá un reporte para montos menores a $191.624, mientras que en pagos en efectivo u otros medios, se debe identificar al consumidor final cuando supera los 95.812 pesos.