Billeteras virtuales: cuál es el nuevo límite de dinero que no debe excederse para que la AFIP no investigue los saldos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó sobre el nuevo tope que regirá a partir de mayo

Billeteras virtuales: cuál es el nuevo límite de dinero que no debe excederse para que la AFIP no investigue los saldos

La AFIP dio a conocer un nuevo tope para los saldos de las billeteras virtuales, medio de pago electrónico cada vez más utilizado en el país, que regirá a partir del 1 de mayo.

Desde el organismo fiscal que conduce Florencia Misrahi informaron que el objetivo de la potencial investigación es garantizar la transparencia y evaluar si las transacciones son susceptibles de ser gravadas con impuestos.

A partir de mayo quedarán exentos de una posible revisión del dinero disponible en las billeteras virtuales los montos mensuales que sean menores a 200 mil pesos. En caso superarse esa suma, la AFIP podrá solicitar un reporte a los usuarios que excedan ese límite.

Por otro lado, los clientes podrán efectuar transacciones siempre y cuando no sean mayores a 120.000 pesos por mes.

Además, cualquier transacción individual que supere los 400.000 pesos será informada a la agencia de recaudación, la que podrá comunicarse con el contribuyente por medio de sus canales oficiales.

Qué información puede solicitar la AFIP

– Recibos de sueldo de los últimos seis meses

– Certificado de ingresos emitido y firmado por un contador público nacional

– Comprobante de haberes en los casos de jubilados y pensionados.

Otro de los movimientos que estará bajo la lupa de la AFIP serán las compras. En el caso de pagos electrónicos, no se requerirá un reporte para montos menores a $191.624, mientras que en pagos en efectivo u otros medios, se debe identificar al consumidor final cuando supera los 95.812 pesos.

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