Según informó el Sindicato de Guardavidas de Monte Hermoso la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata falló a favor de los trabajadores en el conflicto que mantienen con el municipio desde el verano pasado.
Las autoridades municipales admiten haberse enterado por los medios de prensa ya “que no han sido notificados hasta el momento”.
Ante la consulta de este medio, el secretario legal y técnico comunal, Mariano Prieto, se excusó de dar cualquier opinión hasta no contar de manera oficial con el dictamen.
Adelantó que cuando tomen conocimiento se reunirá con el cuerpo de abogados y con las autoridades para analizar los pasos a seguir.
Sin embargo, Prieto se mostró sorprendido ante la noticia de que la Cámara habría tenido en cuenta en los fundamentos un artículo de la ley vigente que ha sido declarado inconstitucional.
La afirmación guarda relación con lo informado por el gremio, como publicamos ayer, en cuanto a que “lo decidido por la justicia tiene el sustento en lo normado por el artículo 18 de la Ley Provincial de Guardavidas, la 14.798”
“Me extraña”, dijo el asesor letrado del municipio, aludiendo a que en junio pasado la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad de seis artículos de la ley, entre ellos el 18 que mencionan los trabajadores.
Fue ante una acción promovida por la Asociación de Concesionarios de Unidades Turísticas de Pinamar que el Máximo Tribunal provincial dictaminó sobre seis artículos que regulan la relación laboral entre los trabajadores y los empleadores y no podrán ser aplicados.
“Hasta ahora, todo sigue igual en el municipio”, dijo Prieto.