Con el fin de reglamentar las medidas “preventivas y correctivas necesarias” para restringir y erradicar los ruidos molestos en la ciudad, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza N° 2796 que prevé multas de hasta 100 mil pesos, decomiso y/o clausura de espacios.
“En aquellos casos que los ruidos molestos sean ocasionados en viviendas privadas, sean estas individuales y/o colectivas, los titulares y ocupantes serán solidariamente responsables de las sanciones.
En el supuesto de decomiso de equipamiento de emisión de sonido, los titulares del
mismo serán responsables de las multas”.
Esta ordenanza responde “a la protección del medio ambiente y la salud, en pos de prevenir, controlar y corregir la contaminación ambiental provocada por ruidos molestos y vibraciones”.
La ordenanza expresa que “de acuerdo a las nuevas tendencias de uso de equipos de sonido para la recreación, promociones comerciales, publicidad, entre otras, y la gran afluencia de turistas que visitan nuestras playas, se hace necesario dar cumplimiento con lo establecido por la Constitución Nacional en sus Artículos 41°) y 42°) y la Constitución de la Provincia de Buenos Aires en su Artículo 28°”.
De esta manera se modifica el artículo 76º de la Ordenanza N° 2.684/19 del Código de Faltas Municipal, que establece que “la producción, estímulo o provocación de ruidos molestos, de cualquier origen, cuando por razones de hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad, se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza, bien se produjeran en la vía pública, frente marítimo, plazas, parques, paseos, sala de espectáculos, centros de reunión, demás lugares en que se desarrollen actividades públicas o privadas, o en espacios privados, casas habitación individuales o colectivas, con multas de 100 a 10.000 módulos, decomiso y/o clausura hasta sesenta (60) días”.
La nueva ordenanza puede consultarse en la página web http://hcd.montehermoso.gov.ar/