La dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires informó sobre las restricciones para la circulación de camiones en Semana Santa.
La medida alcanza a los vehículos con carga de más de siete toneladas de porte bruto para circular en la Autovía 2, Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74, y Autopista Buenos Aires–La Plata.
Estará en vigencia los días miércoles 13, jueves 14 y domingo 17 de abril.
Horarios
Sentido a Costa Atlántica
Miércoles 13 de abril de 2022 de 18:00 a 23:59
Jueves 14 de abril de 2022 de 14:00 a 23:59
Sentido a CABA
Domingo 17 de abril de 2022 de 14:00 a 23:59
Las restricciones tienen como objetivo facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito en rutas turísticas, debido a la gran cantidad de vehículos que circularán este fin de semana extendido por el feriado de Semana Santa.
Recomendaciones para viajeros
Además de las restricciones a los camiones, Vialidad Provincial recomendó a los conductores cumplir con lo establecido para desplazarse por las rutas.
Circular con las luces bajas encendidas; poseer la VTV actualizada; respetar las velocidades máximas y mínimas; colocarse todos los ocupantes del vehículo el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla; los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero, correctamente sujetados; para quienes conducirán: haber dormido y descansado y no consumir bebidas alcohólicas antes de emprender el viaje.
Ruta 3
Por su parte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) informó sobre la restricción de la circulación de los vehículos de categorías N2 y N3, O, O3 y O4, por las rutas nacionales, entre ellas la Ruta 3, y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La veda se aplicará, según el sentido de flujo vehicular en los accesos a CABA: ascendente (salida) el miércoles 17 de abril, de 20:00 a 23:59; descendente (regreso), el domingo 21 de abril de 20:00 a 23:59.
El organismo comunicó que la medida abarcará a todas las autopistas de acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en lo que respecta a la Ruta 3, incluye todo el tramo desde la ciudad capital hasta Bahía Blanca.
Vehículos no alcanzados por la medida
Quedan exceptuados de la restricción los vehículos que a continuación se detallan: a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados; b) De transportes de animales vivos; c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito; d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual; e) De atención de emergencias; f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío; g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y de Gas Licuado de Petróleo; h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos cuando se acredite que se transportan a dichos destinos; i) De transporte de medicinas; j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos; k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial; l) De transporte de sebo, hueso y cueros.