Subsidios al consumo de energía: se demora la implementación de la “segmentación”. ¿Cómo hacer para anotarse?

El complejo esquema que rige desde junio no se puso en marcha todavía. ¿A quiénes alcanza? ¿Cuándo y cómo inscribirse?

Tarifas de electricidad

El frío se instaló hace varios días ya y junto con el aumento del consumo energético que conlleva la época, el gobierno anunció un régimen de segmentación de tarifas y quita de subsidios en los servicios de energía eléctrica y de gas.

Se trata de la puesta en marcha de un complejo esquema que, según se está viendo, está demorando la implementación de los cambios decididos.

Para colmo, la renuncia del ministro de Economía podría entorpecerla más aún, aunque estaba a la vista que las decisiones del área de Energía escapaban a la influencia del funcionario que acaba de abandonar su cargo.

Lo que sí está claro que para no perder los subsidios vigentes para dichos servicios, los usuarios deberán registrarse.

Claro que hasta el momento no se habilitó la inscripción para quienes quieran mantener el beneficio del subsidio al consumo hogareño.

El trámite estará disponible en la web de la Secretaría de Energía https://www.argentina.gob.ar/subsidios, en la que se brinda extensa información sobre el cambio implementado.

Se aclara ahí que quienes no posean acceso digital, van a poder tramitarlo de manera presencial en oficinas de ANSES o en las de los prestadores de servicios.

¿Qué es la segmentación?

Según las autoridades, la segmentación energética es una iniciativa para ordenar los subsidios a la luz y al gas según los aspectos socio-económicos de cada hogar, que se implementa a través de un registro para identificar al 90 por ciento de los hogares que necesiten el subsidio.

Se aclara que el 90% de los usuarios del país están comprendidos en los segmentos de ingresos medios y de menores ingresos, por lo tanto van a continuar recibiendo el subsidio.

Interrogantes

– ¿Quiénes deben inscribirse?

Todos los argentinos que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares.

– ¿Qué pasa si la factura del servicio no está a mi nombre?

Si la factura no llega a nombre del usuario, igual se va a poder realizar la solicitud indicando que no se trata del titular del servicio.

– ¿Pueden mantener el subsidio quienes alquilan o residen sin ser propietario?

Sí, se va a recibir el subsidio como persona usuaria de los servicios.

– ¿Qué sucede en caso de tener más de un servicio de electricidad o gas a su nombre?

En ese caso, solamente deberá completarse los datos del servicio de un solo domicilio.

– ¿Deben inscribirse quienes reciben una asignación, una pensión o jubilación?

Sí, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar o Potenciar Trabajo.

Fundamentos de la medida

Oficialmente se explica que el Estado cubre, en promedio, más del 70 por ciento del costo de la energía que llega a los hogares. En el esquema aplicado hasta junio de 2022, el subsidio alcanzaba incluso a los sectores de mayores ingresos que no necesitaban del acompañamiento del Estado.

Esta nueva propuesta de segmentación tiene como objetivo asignar los subsidios a la energía según la capacidad económica de los hogares, manteniendo los subsidios en aquellos con ingresos bajos y medios que requieren de la asistencia estatal para pagar sus boletas de luz y gas.

Modo de aplicación de la segmentación

El nuevo esquema de subsidios rige a partir de junio de 2022 y tiene como principal objetivo alcanzar tarifas razonables y justas para el valor de la energía. Esta iniciativa propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se establecieron tres grupos:

– Segmento de ingresos altos

Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).

Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.

Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.

Tener 3 o más inmuebles.

Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

– Segmento de ingresos medios

Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:

Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 2 inmuebles.

Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

– Segmento de menores ingresos

Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:

Ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC).

Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 1 inmueble.

No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.

Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM.

Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $99,677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

Excepciones a la obligación de inscribirse

Existen dos casos en los cuales no hay obligación de completar el formulario de inscripción:

– Los electrodependientes no tienen que completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí deben hacerlo para solicitar el de gas. Para conocer más sobre el Registro de Electrodependientes, ingresar a la página haciendo clic acá. https://www.argentina.gob.ar/electrodependientes.

– Si en el domicilio funciona una entidad de bien público no corresponde hacer el trámite. La tarifa diferencial para entidades se puede solicitar clicando acá. https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-la-tarifa-diferencial-para-entidades-de-bien-publico

Salir de la versión móvil